El pensamiento complejo y los Derechos de la Naturaleza

Desde
el punto de vista del pensamiento complejo los Derechos de la Naturaleza tienen
adecuado sustento para su existencia. El pensamiento complejo tiene una gran
apertura a las diferentes formas de acceder al conocimiento y reconoce que el
conocimiento no es un acto estrictamente racional porque alude a la
integralidad del ser que convive en sociedad y que además que reconoce la
estrecha interrelación entre el ser humano y la Naturaleza. Esta perspectiva es
coincidente con la ecología de saberes o desde las epistemologías del sur que
plantean la importancia de valorar la diversidad de fuentes del conocimiento y
especialmente aquellas que producto de una visión elitista dela ciencia habían
sido subvaluadas. Es importante señalar que muchas formas de relacionarse con
la Naturaleza que han tenido y aún tienen ciertos pueblos indígenas están
encontrando respaldo cien[1]tífico
al reconocer que finalmente todo se reduce a materia/masa, energía, información
y sentido. Finalmente, la energía se reduce a vibraciones. Se aprecia entonces
que la Pachamama propia de la cosmovisión andina tiene su equivalencia con la
Ciencia Gaia (Zaffaroni, 2011). Lo mismo ocurre con el pensamiento ecoteológico
de Leonardo Boff que considera que "La Madre Tierra es el sistema viviente dinámico
conformado por la comunidad indivisible de todos los sistemas de vida y los
seres vivos, interrelacionados, interdependientes y complementarios, que
comparten un destino en común" (Martínez y Porcelli 2017, p. 428). La
concepción orgánica de la Naturaleza, que se enmarca en la filosofía
panpsiquista, había sido "ampliamente dominante en la historia de la humanidad,
pero a partir del siglo XVII es desplazada por la concepción de la Naturaleza
como una máquina (Maldonado, 2021a, p. 103) Uno de los principios del pensamiento
complejo refiere al principio sistémico u organizacional a partir del cual se
reconoce los diferentes y heterogéneos elementos, agentes, tangibles e
intangibles, se encuentran interrelacionados y son interdependientes. Estos
elementos forman parte de una dinámica no lineal alejada del equilibrio que le
permite precisamente la capacidad de aprender y evolucionar. Reconoce además
que los sistemas se encuentran anidados y que existen influencias desde el
sistema al entorno y desde el entorno al sistema. En términos del fenómeno de
la vida encontramos las diversas escalas que van desde el individuo, la
población, la especie, el ecosistema y el planeta. Esto tiene equivalencia
entre las interrelaciones Complejidad y Derechos de la Naturaleza PLURIVERSIDAD
/ 15 entre el individuo, la sociedad y la especie humana. Constituyen las
diversas formas de autoorganización y la generación de propiedades emergentes.
Otro principio del pensamiento complejo refiere al diálogo entre los diversos
elementos de un sistema. Este diálogo alude a un proceso comunicacional con
diferentes signos y lenguajes por lo que no se reduce únicamente a expresiones
acústicas sino que refiere a la multiplicidad de formas en las que existe
intercambio de información y que desde la perspectiva de los seres vivos se
estudia desde la biosemiótica. Muchos pueblos indígenas del mundo reconocen a
la vida no humana como sujetos, personas, personas no humanas, divinidades o
espíritus con los cuales es posible establecer comunicación. Desde esta
perspectiva se entiende el diálogo entre los seres humanos y la Naturaleza, que
en contextos de las culturas indígenas, se realiza a través de la mediación del
maestro vegetalista. El otro principio del pensamiento complejo que se traerá a
colación refiere a la recursividad que en palabras de Morin (Morin, 2001, p.
100) "...se trata de un bucle generador en el que los productos y los efectos son
en sí mismos productores y causantes de lo que se produce..." De esta manera se
entiende que las causas se pueden volver efectos y los efectos se pueden volver
causas. El bucle alude a la circularidad, a la complementación, a la sinergia.
El principio hologramático dice que "en una organización el todo está inscrito
en cada una de sus partes, pero la totalidad no es la suma de las partes"
(Osorio, 2012, p. 275). Hablar de los Derechos de la Naturaleza en realidad
alude hacer referencia a los derechos bioculturales, es decir los derechos
humanos y los derechos de toda expresión de vida no humana. Se da entonces la
paradoja a través del cual el ser humano forma parte de la Naturaleza y en la
Naturaleza está el ser humano. A su vez eso da sentido al principio de
reintroducción del cognoscente en todo conocimiento pues no es posible separar
al ser humano que estudia la Naturaleza pues él mismo es Naturaleza. La
tradición del derecho asume que la relación entre el ser humano y la Naturaleza
es de sujeto a objeto, pero desde los Derechos de la Naturaleza la relación se
da entre sujetos. Toda la tradición antropocéntrica del derecho ha negado esta
realidad aludiendo a la pretendida supremacía del ser humano sobre la
Naturaleza. Tal lugar privilegiado no existe y el ser humano muestra
especificidades cognitivas como las demás especies presentan una rica
diversidad de especificidades con capacidades que superan largamente al ser
humano en otros planos.